Cuando una persona solicita un préstamo, es frecuente que un familiar acepte actuar como avalista para facilitar la financiación. Padres, hermanos o parejas asumen así una responsabilidad económica que puede tener consecuencias importantes si el titular deja de pagar.
Pero ¿qué sucede cuando el deudor consigue cancelar sus obligaciones mediante la Ley de Segunda Oportunidad? ¿Desaparece también la responsabilidad del familiar que firmó el aval?
La relación entre el avalista familiar y la exoneración es especialmente relevante porque la cancelación concedida al deudor principal no implica necesariamente la liberación de quienes garantizaron sus obligaciones.
Conocer esta diferencia permite anticipar posibles reclamaciones y estudiar alternativas para proteger la economía familiar.
¿Qué es un avalista familiar?
Un avalista familiar es una persona que garantiza el cumplimiento de una obligación económica asumida por otro miembro de su familia.
Esta figura aparece habitualmente en:
- Préstamos personales.
- Hipotecas.
- Financiación de negocios.
- Créditos para autónomos.
- Operaciones bancarias que requieren garantías adicionales.
Aunque coloquialmente se utiliza la palabra avalista, jurídicamente pueden existir distintas modalidades de garantía personal, como la fianza.
Las consecuencias dependerán del contrato firmado, especialmente de si existe responsabilidad solidaria o renuncia a determinados beneficios legales.
Por ello, antes de asumir cualquier garantía resulta fundamental comprender su alcance.
¿Qué ocurre cuando el deudor obtiene la exoneración?
La Ley de Segunda Oportunidad permite que determinadas personas insolventes obtengan la exoneración del pasivo insatisfecho cuando cumplen los requisitos legales.
Sin embargo, esta cancelación tiene efectos personales.
El artículo 492 del texto refundido de la Ley Concursal establece que la exoneración no afecta a los derechos de los acreedores frente a fiadores, avalistas y otros obligados por disposición legal o contractual.
Esto significa que, aunque el deudor principal consiga liberarse de determinadas obligaciones, el acreedor puede conservar sus derechos frente al familiar que garantizó el préstamo.
Por tanto, la exoneración no elimina automáticamente todas las responsabilidades relacionadas con la financiación.
¿Puede el banco reclamar la deuda al avalista?
Sí. Cuando existe una garantía válida y exigible, el acreedor puede reclamar al avalista conforme a las condiciones contractuales.
Por ejemplo, imaginemos que una persona solicita un préstamo de 35.000 euros y su padre figura como fiador solidario.
Posteriormente, el prestatario atraviesa dificultades económicas y obtiene la exoneración de la deuda.
Aunque el titular haya quedado liberado, el banco puede continuar reclamando al padre las cantidades garantizadas que resulten exigibles.
La posibilidad de reclamar dependerá del contrato, de la naturaleza de la garantía y de las circunstancias concretas.
¿Qué diferencia existe entre avalista y codeudor?
Aunque ambas figuras pueden asumir responsabilidades económicas, no son exactamente iguales.
El avalista o fiador garantiza una obligación ajena en los términos establecidos legal y contractualmente.
El codeudor participa directamente en la obligación de pago, pudiendo existir responsabilidad solidaria o mancomunada.
Esta diferencia resulta importante porque determina las acciones que puede ejercer el acreedor.
En ambos casos, la exoneración concedida a una persona no supone necesariamente que desaparezcan las obligaciones de los demás responsables.
Por ello, es recomendable revisar la documentación antes de determinar quién debe responder.
¿Qué sucede si el avalista es un padre o una madre?
Los padres suelen avalar préstamos hipotecarios o personales de sus hijos para facilitar el acceso a financiación.
Sin embargo, el vínculo familiar no concede una protección especial frente a las reclamaciones derivadas de una garantía válidamente asumida.
Si el hijo obtiene la exoneración, los progenitores pueden continuar respondiendo dentro de los límites de su compromiso.
Dependiendo de las circunstancias, podrían verse afectados sus ahorros, ingresos o determinados bienes.
No obstante, cualquier embargo deberá respetar los límites y bienes inembargables establecidos legalmente.
¿Puede el avalista recuperar el dinero que paga?
Cuando un fiador paga una deuda ajena, normalmente puede surgir un derecho de reembolso frente al deudor principal.
Sin embargo, la Ley Concursal establece limitaciones específicas cuando la obligación ha sido exonerada.
En particular, los fiadores y demás obligados que paguen una deuda exonerada no pueden reclamar al deudor principal el reembolso por ese motivo, conforme al régimen legal aplicable.
Por tanto, pagar una deuda garantizada no significa que el familiar pueda recuperar posteriormente las cantidades mediante una reclamación contra quien obtuvo la exoneración.
Esta circunstancia debe tenerse especialmente presente antes de afrontar pagos importantes.
¿Qué alternativas tiene el familiar que avaló?
Cuando el acreedor reclama una obligación garantizada, conviene estudiar las posibilidades disponibles antes de asumir nuevos compromisos.
Entre ellas destacan:
- Revisar la validez y el alcance del aval.
- Comprobar el importe realmente exigible.
- Analizar posibles cláusulas abusivas.
- Negociar un acuerdo de pago.
- Estudiar una reestructuración de la deuda.
- Valorar la propia situación de insolvencia.
No todas estas alternativas serán viables en cualquier caso.
La solución dependerá de la documentación contractual, la situación económica del familiar y los derechos del acreedor.
¿Puede el avalista solicitar la Segunda Oportunidad?
Sí. Un familiar que ha asumido obligaciones como avalista también puede estudiar la Ley de Segunda Oportunidad si se encuentra en situación de insolvencia y cumple los requisitos legales.
No es necesario que la persona sea titular original del préstamo para que una responsabilidad derivada de una garantía pueda afectar a su economía.
Sin embargo, deberá acreditar su propia situación y solicitar la exoneración conforme al procedimiento correspondiente.
La cancelación concedida al deudor principal no sustituye esta solicitud individual.
Documentación necesaria para revisar el aval
Antes de adoptar decisiones, conviene reunir:
- Contrato original del préstamo.
- Documento de aval o fianza.
- Escrituras hipotecarias, si existen.
- Reclamaciones recibidas.
- Justificantes de pagos.
- Certificado de deuda pendiente.
- Documentación del procedimiento concursal.
- Resolución de exoneración del deudor.
Estos documentos permiten comprobar qué obligación se garantizó, cuáles son sus límites y qué derechos conserva el acreedor.
También ayudan a identificar posibles irregularidades contractuales.
Cómo proteger al avalista familiar
La situación de un avalista familiar tras la exoneración debe analizarse de manera independiente, ya que la liberación del deudor principal no elimina necesariamente la garantía.
Antes de pagar o negociar, resulta recomendable comprobar la deuda exigible y estudiar las opciones legales disponibles.
En Elimina tus deudas puedes conocer las alternativas para afrontar el sobreendeudamiento mediante la Ley de Segunda Oportunidad.
Nuestros expertos en cancelación de deudas pueden estudiar tu situación económica y valorar si reúnes los requisitos para solicitar la exoneración.
Conclusión
La exoneración obtenida mediante la Ley de Segunda Oportunidad no libera automáticamente a los familiares que garantizaron las obligaciones del deudor.
Los acreedores pueden conservar sus derechos frente a avalistas, fiadores y codeudores, dependiendo de las condiciones aplicables.
Además, el familiar que paga una deuda exonerada puede encontrar limitaciones para reclamar posteriormente su reembolso.
Por ello, resulta fundamental revisar el contrato, comprobar la responsabilidad asumida y estudiar las alternativas disponibles.
Un análisis adecuado permite afrontar las reclamaciones con mayor seguridad jurídica y evitar decisiones que comprometan innecesariamente el patrimonio familiar.







0 Comentarios